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	<title>Ley de migraciones archivos | Ernesto Vera Rodríguez</title>
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	<description>Migración, revalidación y actualidad jurídica en Chile</description>
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	<title>Ley de migraciones archivos | Ernesto Vera Rodríguez</title>
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		<title>El tiro de gracia al EUNACOM</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Ernesto Vera]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 17 Jan 2026 23:48:22 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Jurídica]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Cómo ejercer la medicina en Chile sin haber aprobado el EUNACOM</p>
<p>La entrada <a href="https://ernestovera.com/el-tiro-de-gracia-al-eunacom/">El tiro de gracia al EUNACOM</a> se publicó primero en <a href="https://ernestovera.com">Ernesto Vera Rodríguez</a>.</p>
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									<p class="p1"><span class="s1">Como ya conocen mis lectores el EUNACOM no es para todos. Existen muchos médicos que obtuvieron su título en el extranjero y que se encuentran ejerciendo profesionalmente sin necesidad de pasar por un examen que no mide realmente las capacidades. </span></p>
<p class="p1"><span class="s1">Si bien es cierto que chilenos graduados en el exterior, como María Rifo, se han visto impedidos de ejercer por haberse graduado en Rusia; existen mecanismos en el orden administrativo y judicial para romper la barrera burocrática. &nbsp;</span></p>
<p class="p1">La SEREMI DE SALUD les ha dado autorización para ejercer en la Araucanía a los siguientes profesionales: Ernesto Damián Benitez Verdecia (Cuba), María Cristina Pérez Palma (Cuba), Cristhian Felipe Latorre Rivera (Chile), Mauricio Antonio Venegas Bravo (Chile), Víctor Nicolás Alcalá Araujo (Venezuela), Bladimir José López León (Venezuela), Carlos Manuel Rodriguez Soto (El Salvador), Alfredo Andrés Cayul Llevilaf (Chile), Paula Andrea Estrada Reyes (Chile), Herbert Anselmo Ramírez Torres (El Salvador), entre muchos otros. Lo mismo ocurre en Regiones como la Metropolitana y Valparaíso.</p>
<h5 class="p1"><em>Normativa versus realidad</em></h5>
<p class="p1">El artículo 112 del Código Sanitario permite a un médico graduado en el extranjero trabajar sin necedad de aprobar el examen del EUNACOM.</p>
<p class="p1">Tanto la Superintendencia de Salud como la SEREMI de la Región de la Araucanía han autorizado a cientos de médicos.</p>
<p class="p1">Existe además un Tratado que se aplicó a otros chilenos y extranjeros que obtuvieron sus títulos a raíz del Golpe de Estado, donde muchas familias tuvieron que exiliarse.</p>
<p class="p1">Existe otro grupo de profesionales que se encuentran ejerciendo no sólo sin haber aprobado el EUNACOM sino que se encuentran en Chile en situación irregular o con una visa temporaria. Y es éste último grupo el que se expone a los mayores abusos pero a su vez son motivo de preocupación en la ciudadanía y las autoridades.</p>
<h5 class="p1"><em>EL EUNACOM</em></h5>
<p class="p1">El Eunacom no es un examen que permita valorar los conocimientos médicos. Ante esto, algunos de los profesionales anunciaron acciones legales debido a un<strong> proceso irregular</strong> que ha visto como aumenta la cantidad de extranjeros que reprueba la evaluación sin explicación.</p>
<p class="p1">Chile es el país que tiene el peor sistema de revalidación de títulos. El profesional se convierte en el cajero automático de la Universidad de Chile, una institución que ejerce un monopolio ilegal y que trata con discriminación a quienes allí acuden. De hecho los exámenes que allí se realizan son tan impredecibles como arbitrarios e inapelables.</p>
<h5><em>Actualidad</em></h5>
<p class="p1">La Contraloría General de la República ha sostenido reiteradamente que compete exclusivamente a la <b>Universidad de Chile</b> determinar la equivalencia entre títulos obtenidos en el extranjero, en uso de sus facultades privativas y excluyentes, contenidas en el DFL N°3, de 2006, del Ministerio de Educación (Dictámenes N°76607, de 2013 y N°5331, de 2018, entre otros), específicamente el inciso primero de su artículo 6°, que dispone: <i>“A la Universidad de Chile le corresponde la atribución de reconocer, </i><i>revalidar y convalidar títulos profesionales obtenidos en el extranjero, sin perjuicio de lo </i><i>dispuesto en los tratados internacionales.”</i></p>
<p>Sin embargo todo eso cambió con la Nueva Ley de Migraciones que en su artículo 143 establece que todas&nbsp;las universidades del Estado con un mínimo de cinco años de acreditación tendrán la atribución de reconocer y revalidar títulos y grados académicos obtenidos en el extranjero y convalidar actividades curriculares cursadas en una institución de educación superior extranjera.</p>
<p>El mismo artículo define que el &nbsp;Ministerio de Educación «reglamentará el procedimiento de reconocimiento y revalidación de títulos profesionales, técnicos y grados académicos obtenidos en el extranjero y la convalidación de actividades curriculares cursadas en una institución extranjera de educación superior».</p>
<p class="p1">Pienso que el Ministerio Público, el Poder Judicial y nuestros representantes en el Congreso deben tomar cartas en el asunto y preguntarle a la Contralora figureti que vive de nuestros impuestos: hasta cuándo tendrá engavetado el reglamento que le fue enviado por la Subsecretaría de Educación Superior y la Presidencia de la República.</p>								</div>
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		<title>Aprueban nuevos delitos migratorios</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Ernesto Vera]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 18 Jan 2024 16:53:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Jurídica]]></category>
		<category><![CDATA[#ErnestoVera]]></category>
		<category><![CDATA[cómo solicitar refugio en Chile]]></category>
		<category><![CDATA[delitos migratorios]]></category>
		<category><![CDATA[Ernesto Vera]]></category>
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		<category><![CDATA[modificaciones a la ley de extranjería]]></category>
		<category><![CDATA[refugio en Chile]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Una verdadera desgracia para los extranjeros que se encuentran en Chile en condición irregular y para aquellos que pretendan entrar a partir de febrero de este año. Acaban de aprobarse nuevos delitos migratorios</p>
<p>La entrada <a href="https://ernestovera.com/aprueban-nuevos-delitos-migratorios/">Aprueban nuevos delitos migratorios</a> se publicó primero en <a href="https://ernestovera.com">Ernesto Vera Rodríguez</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Una verdadera desgracia para los extranjeros que se encuentran en Chile en condición irregular y para aquellos que pretendan entrar a partir de febrero de este año. Acaban de aprobarse nuevos delitos migratorios.</p>
<p>Y es que la Cámara de Diputados aprobó este miércoles un proyecto de ley -iniciado en una moción de los partidos de derecha &#8211; que <b>tipifica como delito y sanciona el ingreso clandestino a territorio nacional. </b></p>
<h3><em>Introducen nuevos delitos migratorios</em></h3>
<p>Con <b>88 votos a favor, 34 en contra y 14 abstenciones</b>, se dio luz verde a la iniciativa que modifica la Ley de Migración y Extranjería,<b> introduciendo un nuevo artículo sobre delitos migratorios.</b></p>
<p>La votación contó con algunos apoyos del oficialismo como diputados del comité liberal. El <b>Frente Amplio (FA) y el Partido Comunista (PC) se manifestaron en contra de la medida. </b></p>
<p>El diputado de <b>Renovación Nacional (RN) Andrés Longton,</b> quién fue uno de los impulsores del proyecto de los delitos migratorios, manifestó que se aprobó “<b>pese a la negativa del FA, del PC y la nula prioridad del gobierno”</b>.</p>
<p>El también <b>presidente de la comisión de Seguridad de la Cámara </b>agregó que «hoy día quien ingresa a nuestro país va a tener una pena, va a tener que ser detenido y se va a privilegiar la reconducción y la expulsión inmediata a vía judicial.</p>
<h3><em>¿Cómo serán las penas?</em></h3>
<p>Se castigará con pena de<b> presidio menor en su grado medio a máximo</b> (entre 541 días y 5 años) al extranjero que ingrese al país de forma clandestina y <b>posea causales de impedimento o prohibición de ingreso a Chile. </b>Se aplicará la misma pena a quien “entre o salga del territorio nacional valiéndose de un documento de identidad o de viaje falso o faltando a la verdad en la información requerida para autorizar el ingreso o la salida”. Cabe destacar que, tras el cumplimiento de la pena, <b>se procederá siempre a la expulsión del extranjero.</b></p>
<p>En cuanto a la prisión preventiva, ésta se podrá dictar cuando el tribunal entienda que <b>existe peligro de fuga del imputado cuando se desconoce su identidad</b>. O bien, cuando carece de documentos de identidad o de medios para costear su estadía por el plazo de investigación.</p>
<h3><em>¿Y qué pasará con los solicitantes de refugio?</em></h3>
<p>La xenofobia ha llegado hasta extremos inimaginables.  Y es que ahora la condición de refugiado, así como los procedimientos relativos a su solicitud y aceptación, contarán ahora con una nueva regla legal.</p>
<p>Con las enmiendas aplicadas, la norma establece que solo tendrán derecho a que se les reconozca la calidad de refugiado quienes lleguen directamente desde el territorio en que su vida o libertad esté amenazada.</p>
<p>Se entenderá que llegan directamente quienes lo hacen en un viaje con escalas siempre que la estadía en un tercer país no se haya extendido por más de 60 días. En casos calificados el subsecretario del Interior podrá ampliar este plazo.</p>
<p>Lo peor de esta nueva medida es que se considerará como “refugiado” la persona a quien se le haya reconocido dicha calidad por la autoridad administrativa competente. Es decir, se le está dando a un militar o funcionario en frontera amplísimas facultades que no deberían tener. Será un burócrata de cuarta o quinta categoría el que decidirá en la misma frontera la condición de refugiado.</p>
<p>Esto viola la normativa internacional y espero que los diputados y abogados defensores de los derechos humanos presenten los recursos que corresponden ante el Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.</p>
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		<title>¿Qué hago con mi cédula vencida? El Vía Crucis del extranjero</title>
		<link>https://ernestovera.com/que-puedo-hacer-con-mi-cedula-vencida-en-chile/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Ernesto Vera]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 10 Sep 2023 15:36:12 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[cédula vencida]]></category>
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		<category><![CDATA[Ley N°19.880]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Uno de los mayores problemas de los migrantes en Chile es tener la cédula vencida. Tres caídas tuvo Jesucristo en [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://ernestovera.com/que-puedo-hacer-con-mi-cedula-vencida-en-chile/">¿Qué hago con mi cédula vencida? El Vía Crucis del extranjero</a> se publicó primero en <a href="https://ernestovera.com">Ernesto Vera Rodríguez</a>.</p>
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									<div class="page" title="Page 3"><div class="layoutArea"><div class="column"><p>Uno de los mayores problemas de los migrantes en Chile es tener la cédula vencida.</p><p>Tres caídas tuvo Jesucristo en el Vía Crucis, diez veces menos que la infamia que sufren los extranjeros en Chile cuando su cédula físicamente está vencida pero «técnicamente» no.</p><p>El artículo 43 de la <a href="https://academiajudicial.cl/wp-content/uploads/2022/06/Reporte-actualizacion_Ley-21325_DEF.pdf" target="_blank" rel="noopener">Ley N°21.325</a>, prevé lo siguiente: “Cédula de identidad. Los residentes temporales y definitivos deberán solicitar cédula de identidad ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, dentro del plazo de treinta días, contado desde la fecha de entrada en vigencia del respectivo permiso de residencia.</p><p>La Ley No. 21.325 expresa que se entenderá que la cédula de identidad mantiene su vigencia, siempre y cuando el extranjero acredite que cuenta con un certificado de residencia en trámite vigente o hasta que la autoridad migratoria resuelva la respectiva solicitud.</p><h3><em>Pero qué ocurre en la realidad: ¿cédula vencida o no?</em></h3></div></div></div><div class="page" title="Page 5"><div class="layoutArea"><div class="column"><div class="page" title="Page 3"><div class="section"><div class="layoutArea"><div class="column"><p>Los extranjeros que tienen su cédula de identidad vencida son tratados de manera discriminatoria.  Y  los llamados a otros “ministerios” para que divulguen sentencias es cuando menos un ejercicio de ingenuidad.<br />Un extranjero con su cédula vencida tiene una sensación de inseguridad, desigualdad e injusticia.</p><p>Justo ayer estuve en el Banco de la Tienda Falabella y vi un cartel a todo tamaño donde se dice claramente que los extranjeros con cédula vencida no podrán realizar ningún trámite. Con un cinismo e irrespeto típico de una república bananera los gerentes de Falabella se limpian con las «exhortaciones» del Servicio Nacional de Migraciones.</p><p>Lo mismo ocurre en muchas empresas, donde para optar a un empleo hay que tener la cédula de identidad vigente.</p><p>Ni que decir de cuando se obtiene la residencia definitiva <a href="https://ernestovera.com/registro-civil-y-sus-demoras/" target="_blank" rel="noopener">y se va hasta el Registro Civil para sacar la cédula de identidad</a>. Y allí muchos caen otra vez en el Vía Crucis, ya que deben soportar como un funcionario de cuarta o quinta les dice que la simple impresión del plástico  puede demorar hasta 4 meses, mientras que los nacionales pueden obtenerla en solo 15 días.</p><h4><em> ¿Todo esto es legal?</em></h4></div></div></div></div><div class="page" title="Page 5"><div class="section"><div class="layoutArea"><div class="column"><p>El derecho a la igualdad es un derecho humano fundamental. Tanto así que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha señalado que “la no discriminación, junto con la igualdad ante la ley y la igual protección de la ley a favor de todas las personas, son elementos constitutivos de un principio básico y general relacionado con la protección de los derechos humanos. El elemento de la igualdad es difícil de desligar de la no discriminación.</p><p>La Ley No. 19.880 establece el principio de celeridad el cual remueve todo obstáculo que pueda afectar “la pronta y debida decisión”.</p><div class="page" title="Page 4"><div class="section"><div class="layoutArea"><div class="column"><p>Existe un criterio uniforme de las Cortes de Apelaciones en Chile y de la propia Corte Suprema que el Servicio Nacional de Migraciones cuenta con un plazo fatal de 6 meses para dar respuesta a las solicitudes que se le hagan. En resultado contrario la administración migratoria Chilena, actúa contrariando lo establecido en la Ley 19880.</p><h3><em>¿Qué hacer entonces con mi cédula vencida?</em></h3><p>Si necesita ayuda ya sea para agilizar su trámite de residencia definitiva o para obtener su cédula  de identidad en el menor tiempo posible contácteme a través de mi whatsaap o redes sociales y podré asesorarle al respecto.</p><p>Debe saber que el no poseer una cédula vigente afecta su derecho a la igualdad y a la identidad. Actualmente los procesos ante el Servicio Nacional de Migraciones siguen demorando entre 1 y 3 años.</p><p>Esperar no es la opción, quedarse callados no mejorará su situación migratoria.</p><p>En Chile los extranjeros tienen los mismos derechos que los nacionales, especialmente en cuanto al derecho a la identidad y rige siempre el principio de igualdad.</p><p>¿Seguirás aceptando ser un ciudadano de segunda?</p></div></div></div></div></div></div></div></div></div></div></div>								</div>
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		<p>La entrada <a href="https://ernestovera.com/que-puedo-hacer-con-mi-cedula-vencida-en-chile/">¿Qué hago con mi cédula vencida? El Vía Crucis del extranjero</a> se publicó primero en <a href="https://ernestovera.com">Ernesto Vera Rodríguez</a>.</p>
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