fbpx
Teletón

“Teletón”: una razón más para cambiar

Terminó la Teletón, ese espectáculo dantesco que cada año nos confirma cuan necesario es eliminar el Estado subsidiario por uno que se haga cargo de sus responsabilidades para con la gente más vulnerable. La Teletón es el espejo donde cada chileno puede ver las miserias de una sociedad que danza apelando a la lástima de los bolsillos, para entregar una limosna de salud a un sector que no llega ni al 5 % de la población de un país con más de 17 millones de habitantes. Y aquellos que figuran como los mayores aportantes del evento son, salvo excepciones, culpables por comisión de la desgracia de millones. 

La Teletón y lo que se esconde

En Chile, algunos juristas hacen una distinción entre el «derecho a la salud» y «derecho a la protección de la salud», asumiendo que el primero es mucho más amplio que el segundo. Quizás por esa razón los que redactaron la actual Constitución escogieron la segunda redacción. El propio Tribunal Constitucional ha confirmado que la Constitución no garantiza el derecho a la salud sino a la protección de la salud.  Y en efecto, la doctrina internacional ha desarrollado varias expresiones que hacen referencia al derecho a la salud, entre ellas el derecho a la salud, derecho al cuidado de la salud y derecho a la protección de la salud. Pero la visión más amplia es la que aparece en el “Protocolo de San Salvador”.  Pero Chile no ha suscrito este protocolo, de manera que no resulta vinculante para el Estado. En el artículo 10 “Derecho a la Salud” se establece que:
  1. Toda persona tiene derecho a la salud, entendida como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social. 
  2. Con el fin de hacer efectivo el derecho a la salud los Estados partes se comprometen a reconocer la salud como un bien público y particularmente a adoptar las siguientes medidas para garantizar este derecho: a)  la atención primaria de la salud, entendiendo como tal la asistencia sanitaria esencial puesta al alcance de todos los individuos y familiares de la comunidad; b)  la extensión de los beneficios de los servicios de salud a todos los individuos sujetos a la jurisdicción del Estado; c) la total inmunización contra las principales enfermedades infecciosas; d) la prevención y el tratamiento de las enfermedades endémicas, profesionales y de otra índole; e) la educación de la población sobre la prevención y tratamiento de los problemas de salud, y f) la satisfacción de las necesidades de salud de los grupos de más alto riesgo y que por sus condiciones de pobreza sean más vulnerables.  
No se trata de privar a los discapacitados de un programa de salud que depende de la caridad, sino de tener un sistema de salud que responda a las necesidades de la gente sin necesidad de tener que recurrir a las recolectas públicas. Como les decía a mis estudiantes de la carrera de Derecho, cuando impartía la asignatura “Filosofía del Derecho”: si depositamos nuestro voto para que salga electo un determinado candidato político, asumiendo que cambiaría su vida, que se llenaría de privilegios y poder, que muy probablemente muchos de nosotros nunca llegaríamos a tener, es para que haga bien su pega.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *