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	<title>CPT archivos | Ernesto Vera Rodríguez</title>
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		<title>Gané el Amparo: Municipalidad deberá entregar información sobre funcionario sancionado</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Ernesto Vera]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 24 Dec 2025 10:47:22 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Jurídica]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Consejo para la Transparencia determina  que los correos electrónicos entre funcionarios públicos no son privados per se. </p>
<p>La entrada <a href="https://ernestovera.com/gane-amparo-ante-el-consejo-para-la-transparencia/">Gané el Amparo: Municipalidad deberá entregar información sobre funcionario sancionado</a> se publicó primero en <a href="https://ernestovera.com">Ernesto Vera Rodríguez</a>.</p>
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									<p class="p1">Un duro golpe ha recibido la Alcaldía y la Corporación Municipal de Desarrollo de Antofagasta (CMDS) así como su abogado estrella Pablo Cornejo. El Consejo para la Transparencia (CPT) me ha dado la razón: las instituciones antes mencionadas tendrán que entregarme copia de todas las comunicaciones que sostuvieron vía correo electrónico así como la carpeta que incluye toda la información respecto a sanciones recibidas.</p>
<p class="p1">La decisión &nbsp;del <a href="https://www.consejotransparencia.cl" target="_blank" rel="noopener">(CPT)</a> decidió en favor de que se me otorgara acceso a los motivos por los que el funcionario Pablo Andrés Cornejo Castillo fue sancionado con una amonestación verbal el 30 de septiembre del 2022 y la carpeta que contiene dicha sanción.</p>
<h5><em>Descargos y Observaciones del Organismo</em></h5>
<p>Cuando solicité la información vía Transparencia, la Corporación Municipal de Desarrollo de Antofagasta y su abogado estrella Pablo Cornejo se opusieron ya que, según ellos, tiene una serie de litigios judiciales en sede civil, laboral y penal. Por ende, la divulgación de instrucciones sobre defensas judiciales de los juicios que esta empresa ha mantenido entre los meses de enero de 2024 a enero de 2025 perjudica las estrategias de defensa de (CMDS) ante tales procesos conocidos ante los Tribunales de Justicia.</p>
<p>Señalaron además que el abogado Sr. Pablo Cornejo tiene asignado por su Jefatura Sra. Isabel Calisto Hernández un aproximado de cincuenta causas judiciales en que la (CMDS) tiene la calidad de demandado, demandante o querellante, ello entre el período de enero del año 2024 a enero del año 2025.</p>
<p class="p1">Que tales procesos judiciales, se tratan en su mayoría de procesos laborales por causas de denuncia de derechos fundamentales de trabajadores de CMDS (acoso laboral, acoso sexual laboral, enfermedades profesionales) y juicios civiles por negligencia médica respecto de los Centros de Salud Primaria de la comuna de Antofagasta.</p>
<h5><em>¿Quién es Pablo Cornejo Castillo?</em></h5>
<p>Es un abogado y funcionario de la (CMDS). En el pasado me llevó a los Tribunales, según él, porque yo había afectado su derecho a la honra, por una publicación que hice en mi sitio web. Interpuso un Recurso ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta le otorgó razón , gracias a tres jueces prevaricadores, quienes me ordenaron eliminar el artículo.</p>
<p>Pablo Cornejo, fue el mismo que realizó comentarios xenófobos en su red social de Linkedin en el año 2024.</p>
<p>Es entonces cuando apelé la decisión ante la Corte Suprema, quien <a href="https://ernestovera.com/corte-suprema-revoca-sentencia-de-la-corte-de-antofagasta/" target="_blank" rel="noopener">en votación unánime decidió que el derecho a la honra no estaba por encima del derecho a la libertad de expresión</a>, y que sí se podía investigar y luego publicar la información correspondiente a los funcionarios públicos. Fue así como se declaró nula la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta.</p>
<p>Posteriormente recibí &nbsp;información de que Pablo Cornejo Castillo, había sido acusado por su pareja ante la Fiscalía, ya que <a href="https://ernestovera.com/victima-abusada-del-funcionario-pablo-cornejo-castillo/" target="_blank" rel="noopener">supuestamente había realizado abuso sexual contra su hijastra, menor de edad</a>.</p>
<h5><em>Decisión del Consejo para la Transparencia</em></h5>
<p class="p1">La Institución con mayor prestigio en Chile decidió que la privacidad correos electrónicos solicitados, denegados en virtud de la causal de reserva o secreto del artículo 21, N° 1, letra a), de la Ley de Transparencia, la causal alegada debe interpretarse de manera estricta, debiendo concluirse que la sola existencia de un juicio pendiente en que sea parte el órgano requerido no transforma a todos los documentos relacionados, o que tengan algún grado de vinculación con él, en secretos.</p>
<p>Esta decisión del (CPT) también determino que Triunfo histórico ante el Consejo para la Transparencia, que determina que los correos electrónicos entre funcionarios públicos no son privados per se.</p>
<p>Comparto con ustedes el texto íntegro que contiene la decisión.</p>								</div>
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		<p>La entrada <a href="https://ernestovera.com/gane-amparo-ante-el-consejo-para-la-transparencia/">Gané el Amparo: Municipalidad deberá entregar información sobre funcionario sancionado</a> se publicó primero en <a href="https://ernestovera.com">Ernesto Vera Rodríguez</a>.</p>
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		<title>La Universidad de Chile no pudo caer más bajo</title>
		<link>https://ernestovera.com/la-universidad-de-chile-no-pudo-caer-mas-bajo/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Ernesto Vera]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Jun 2025 15:06:21 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Jurídica]]></category>
		<category><![CDATA[Comentarios de Tomás Mosciatti]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Tomás Mosciatti dedicó su más reciente comentario a la falta de transparencia de la Universidad de Chile</p>
<p>La entrada <a href="https://ernestovera.com/la-universidad-de-chile-no-pudo-caer-mas-bajo/">La Universidad de Chile no pudo caer más bajo</a> se publicó primero en <a href="https://ernestovera.com">Ernesto Vera Rodríguez</a>.</p>
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									<p>Anoche me llamaron varios amigos para decirme que <a href="https://ernestovera.com/wp-content/uploads/2025/06/Universidad-de-Chile-falta-de-transparencia.mp4" target="_blank" rel="noopener">mi caso estaba saliendo en la Televisión</a>, específicamente en el comentario del Bío Bío que realiza <strong>Tomás Mosciatti</strong>, en el cual abordó la falta de transparencia de la Universidad de Chile concluyendo que «no pudo caer más bajo».</p>
<p>Y ciertamente se refería al Recurso de Amparo que le gané a la Universidad de Chile y que presente ante el Consejo para la Transparencia, una de las pocas instituciones del país que no ha sido salpicada por la corrupción.</p>
<h5><em>Universidad se niega a entregar información sobre reuniones de Lobby de la Rectora y del hermano del Presidente Gabriel Boric</em></h5>
<p>El 24 de enero del 2025 interpuse Recurso de Amparo ante el Consejo Para la Transparencia debido a que la Universidad de Chile se negó a entregarme la informacion requerida acerca de las audiencias de Lobby que habían tenido la Rosa Devés (Rectora), Pablo Ruiz Tagle (Decano de la Facultad de Derecho) y <a href="https://ernestovera.com/cpt-simon-boric-universidad-chile-2025/" target="_blank" rel="noopener">Simón Boric (Jefe de Gabinete de la Rectora)</a> y hermano del Presidente de la República.</p>
<p>La soberbia de las autoridades de la Universidad de Chile los deslegitiman para seguir conduciendo procesos que hoy monopolizan. Su discriminación hacia los profesionales extranjeros, sus constantes violaciones de las normas especiales y las denuncias de abusos contra estudiantes hacen de ese lugar un espacio común para el descrédito.</p><p>Las autoridades de la Universidad de Chile se creen que están por encima de todos incluso de las restantes instituciones &nbsp;del Estado, no han interiorizado que son simplemente servidores públicos.</p>
<p>La «Casa de Bello» es hoy una vergüenza a la vista de todos. Me sigue llamado la atención que justo el hermano del Presidente de la República sea el Jefe de Gabinete de la Rectora: qué méritos lo colocaron allí? Esa pregunta no me la han podido responder todavía.</p>
<p>Lo que si ocurrió ayer 3 de junio fue la Respuesta que me envió la Directora Jurídica de la Universidad de Chile. No le quedaba más que acatar la decisión del Consejo para la Transparencia.</p>
<p>Y los datos que aportaron son otra vergüenza. Tal y como verán en el recuadro, las autoridades aludidas se dan el lujo de rechazar casi todas las solicitudes de audiencias. Viven en otro mundo, no por gusto esa casa de estudios ha descendido tanto. Aunque un conocido que tengo me dijo que no confiara en esos datos, ya que ser realizan reuniones a puertas cerradas que no han sido incluidas en la respuesta.</p>
<h5><em>Tomás Mosciatti y su Comentario&nbsp;</em></h5>
<p>Agradezco mucho el comentario del periodista Tomás Mosciatti, con el que comienza este post. Es importante que se acabe con el silencio cómplice y se ubique a la Universidad de Chile en el lugar que le corresponde realmente: es un dinosaurio al que hay que erradicar, es un pulpo cuyos tentáculos sobre la justicia y demás estamentos hay que cortar.</p>
<p>Tomás Mosciatti al hablar sobre el caso que gané ante el Consejo para la Transparencia, se refirió a la vergüenza de una Universidad envuelta en el escándalo de las licencias truchas y que se destaca por su falta de transparencia, coincido con él: «no pudieron caer más bajo».</p>
<p>Solo tengo que rectificarle algo al comentarista: mi segundo apellido es Rodríguez y no Castillo.</p>
<p>A continuación les comparto la Respuesta que me dio la Universidad de Chile y el <a href="https://ernestovera.com/wp-content/uploads/2025/06/Universidad-de-Chile-falta-de-transparencia.mp4" target="_blank" rel="noopener">comentario de Tomás Mosciatti</a></p>								</div>
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		<title>Universidad de Chile sufre otro revés por violar la Ley de Transparencia</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Ernesto Vera]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Dec 2024 22:17:45 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Jurídica]]></category>
		<category><![CDATA[Consejo para la Transparencia]]></category>
		<category><![CDATA[Corte de Apelaciones de Santiago]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Es bueno saber que aún existen Instituciones que no se dejan corromper o encandilar. El Consejo para la Transparencia es una de ellas.</p>
<p>La entrada <a href="https://ernestovera.com/universidad-de-chile-sufre-por-violar-la-ley-de-transparencia/">Universidad de Chile sufre otro revés por violar la Ley de Transparencia</a> se publicó primero en <a href="https://ernestovera.com">Ernesto Vera Rodríguez</a>.</p>
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									<p>Es bueno saber que aún existen Instituciones que no se dejan corromper o encandilar. El Consejo para la Transparencia es una de ellas. Y este 12 de diciembre ha resuelto por unanimidad de sus miembros acoger el Recurso de Amparo contra la Universidad de Chile, quien sigue detentando el monopolio en los procesos de revalidación.</p>
<p>Como ya es de conocimiento la Universidad de Chile ganó un Recurso de Protección en la Corte de Apelaciones de Santiago, gracias a tres juezas prevaricadoras y a que ocultó información, que era pública, para torcer los resultados.</p>
<p>Dicho sea de paso la Presidencia de la Corte de Apelaciones De Santiago también llevará al pleno la denuncia contra las <b>Ministras Maritza Elena Villadangos, Maria Loreto Gutiérrez y la Abogada Integrante Claudia Candiani.</b> Pero de ellas hablaré en otro post.</p>
<h5><em>Antecedentes de la DECISIÓN AMPARO ROL C8157-24</em></h5>
<p class="p1">El 13 de junio de 2024 solicité a la Universidad de Chile la siguiente información:</p>
<p class="p1">a) Cantidad de Reingresos según la nacionalidad de cada uno de ellos. (Cuántos por cada país).</p>
<p class="p1">b) De los 38 reingresos que han habido en el período 2019-2024, solicito la Información de la causal por la que han reingresado, ya que los REINGRESOS se dan gracias al artículo 20 del Decreto del año 2005: DENEGACIÓN, REPROBACIÓN; DESISTIMIENTO Y ABANDONO. Acá lo que se quiere saber entonces es: cuántos de los que reingresaron fueron reprobados en el proceso anterior, cuántos lo fueron por desistimiento y cuántos por abandono?</p>
<p class="p1">c) ¿Cuántos reingresos en el período 2019-2024 tuvo la Carrera de Derecho?</p>
<h5><em>Respuesta de la Universidad de Chile&nbsp;</em></h5>
<p>Como es costumbre, la Universidad de Chile denegó el acceso a la información de manera arbitraria, aludiendo a que justamente por aquellos días se estaba ventilando una causa contra ellos en la Corte de Apelaciones De Santiago, incluso realizaron esquemas y otros cuadros para clasificar y cuantificar la cantidad de solicitudes que yo había hecho en 2 años a la Unidad de Transparencia, por tanto, según las «eminencias» de la Universidad más antigua de Chile, yo estaba haciendo abuso del derecho y los distraía con dichas solicitudes.</p>
<p>Es risible porque ése tiempo que se tomaron para hacer esquemas en excel y copiar y pegar de otros casos, debieron haberlo utilizado en dar respuesta a mi solicitud. Pero pareciese que no quieren trabajar, se creen que están por encima del resto, olvidando que ellos son una Institucionalizadlos Pública y que el ser humano o el ciudadano está mucho antes que el Estado.</p>
<p><strong>Me cuesta creer que haya tanta gente bruta en esa casa de estudios, creo más bien que la prepotencia y obstinación del Decano Pablo Ruiz Tagle los está llevando por el camino del escándalo y el ridículo.&nbsp;</strong></p>
<p>Estos creídos de la Universidad de Chile creen que todos debemos bajar la cabeza ante ellos, aunque digan cualquier disparate.</p>
<p>NO es mi caso, así que presenté un Recurso de Amparo ante el Consejo para la Transparencia, donde es evidente, que no cuentan con muchos amigos, como sí tienen en la Corte de Apelaciones De Santiago y en otras Instituciones que se toman SIETE MESES para decir que el blanco es blanco.</p>
<h5><em>&nbsp;Argumentos del Consejo para la Transparencia</em></h5>
<p>Los «inteligentes» de la Universidad de Chile, alegaron que por mi culpa «debían atender 31 requerimientos de acceso y gestionar 19 amparos interpuestos ante el Consejo para la Transparencia, y que eso les tomaría en orden a gestionar dicha carga aproximadamente 4 meses de trabajo a tiempo completo».</p>
<p>A estas y otras justificaciones el Consejo para la Transparencia respondió:</p>
<p class="p1">«A juicio de este Consejo, lo anterior, no reviste de una entidad suficiente que permita tener por configurada, de manera fehaciente e indubitada, la concurrencia de la causal de reserva de distracción indebida de sus funcionarios, máxime si se considera que por cada requerimiento de acceso se cuenta con 20 días hábiles para ser satisfechas, pudiendo prorrogarse por 10 días hábiles más en caso de resultar necesarios, prerrogativa que no consta que fuera solicitada por el órgano requerido en procedimiento de acceso que dio origen al presente amparo».</p>
<p class="p1">«Que, por lo demás, el organismo ilustró que cuenta con una Unidad de Transparencia conformada por 3 funcionarios, como asimismo, 32 enlaces de transparencia pasiva dentro de las diversas unidades y dependencias de la Casa Universitaria. <strong>Por consiguiente, tratándose de labores habituales que deben cumplir dichos funcionarios en el ejercicio de sus funciones, no se advierte el modo en que se materializaría la afectación alegada.</strong> Por las consideraciones expuestas precedentemente, teniendo presente además que por tratarse de normas de derecho estricto dichas causales de secreto deben aplicarse en forma restrictiva, este Consejo estima que las alegaciones del órgano carecen de la suficiencia necesaria para acreditar la distracción indebida invocada, al no proporcionar elementos de convicción cuya precisión tornen plausible dicha hipótesis de reserva, debiendo desestimarse su concurrencia».</p>
<h5><em>No existió abuso del Derecho&nbsp;</em></h5>
<p>«Esta Corporación estima que la cantidad de peticiones de información presentadas -31 solicitudes de acceso en el periodo comprendido entre los años 2022 y 2024, y 19 amparos en 2 años- no revisten de una entidad suficiente que configuren la distracción indebida de sus funcionarios en el caso de especie&#8230; &nbsp;Asimismo, no explicó suficientemente cómo el conocimiento de esta presentación obligaría al órgano reclamado a destinar un tiempo excesivo y desproporcionado de la jornada de sus funcionarios a la atención de las solicitudes de una sola persona, comprometiendo, de esta forma, su debido funcionamiento, con el evidente perjuicio de su normal quehacer institucional. Lo señalado, hace imposible configurar la institución del abuso del derecho, motivo por el cual, dichas pretensiones serán igualmente desestimadas».</p>
<h5><em>Decisión Final</em></h5>
<p>Finalmente el Consejo para la Transparencia decidió lo siguiente:</p>
<p class="p1">I. &nbsp;Acoger el amparo deducido por don<strong> Ernesto Antonio Vera Rodríguez</strong>, en contra de la Universidad de Chile, en virtud de los fundamentos expuestos precedentemente.</p>
<p class="p1">II. Requerir a la Sra. <strong>Rectora de la Universidad de Chile</strong>, lo siguiente;</p>
<p class="p1">a) Entregue al reclamante la información solicitada, consignada en el numeral 1° de lo expositivo del presente acuerdo.</p>
<p class="p1">b) Cumpla dicho requerimiento en un plazo que no supere los 10 días hábiles contados desde que la presente decisión quede ejecutoriada, bajo el apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Transparencia, que sanciona la no entrega oportuna de la información en la forma decretada, una vez que ha sido ordenada por resolución a firme, con multa de 20% a 50% de la remuneración correspondiente. Si la autoridad o jefatura o jefe superior del órgano o servicio de la Administración del Estado, requerido, persistiere en su actitud, se le aplicará el duplo de la sanción indicada y la suspensión en el cargo por un lapso de cinco días.</p>
<p>Acompaño el Texto íntegro de esta trascendental decisión del Consejo para la Transparencia.</p>								</div>
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		<p>La entrada <a href="https://ernestovera.com/universidad-de-chile-sufre-por-violar-la-ley-de-transparencia/">Universidad de Chile sufre otro revés por violar la Ley de Transparencia</a> se publicó primero en <a href="https://ernestovera.com">Ernesto Vera Rodríguez</a>.</p>
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		<title>Primera derrota de la Universidad de Chile ante el Consejo para la Transparencia</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Ernesto Vera]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 02 Oct 2024 21:07:21 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad Jurídica]]></category>
		<category><![CDATA[Consejo para la Transparencia]]></category>
		<category><![CDATA[CPT]]></category>
		<category><![CDATA[Ernesto Vera Rodríguez]]></category>
		<category><![CDATA[monopolio universidad de chile]]></category>
		<category><![CDATA[reválida chile]]></category>
		<category><![CDATA[revalidación de títulos chile]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Consejo para la Transparencia ordena a la Universidad de Chile entregar información </p>
<p>La entrada <a href="https://ernestovera.com/derrota-de-universidad-de-chile-ante-el-consejo-para-la-transparencia/">Primera derrota de la Universidad de Chile ante el Consejo para la Transparencia</a> se publicó primero en <a href="https://ernestovera.com">Ernesto Vera Rodríguez</a>.</p>
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									<p>Este miércoles 2 de octubre fui notificado de la decisión final adoptada por el Consejo de la Transparencia contra el monopolio de la Universidad de Chile.</p>
<p>Como saben mis lectores, he sido la cara visible de la lucha contra el <a href="https://ernestovera.com/segunda-audiencia-en-subsecretaria-de-educacion-superior/" target="_blank" rel="noopener">monopolio que ilegalmente sigue teniendo la Universidad de Chile</a> en los procesos de revalidacion de títulos obtenidos en el extranjero. Parte de esta estrategia y de los derechos que tengo como ciudadano es solicitarle a dicho ente público información que es de carácter público.</p>
<p>Sin embargo la<strong> Universidad de Chile</strong> venía una y otra vez denegando mi derecho al acceso a la información con argumentos risibles: invocando reservas, debido funcionamiento. Los abogados de la Unidad de Transparencia y la Directora Jurídica no contaron quizás con la respetabilidad y profesionalismo del Consejo para la Transparencia.</p>
<p>Esta gente en el fondo lo que no quiere es hacer su trabajo, que es dar la información que se le solicite. Argumentan por ejemplo que le demandaría muchas horas buscar la información. Y uno se hace la pregunta: y para qué le pagamos entonces a todos los que trabajan en dicha oficina? Cómo pueden argumentar con su flojera la no entrega de información que es pública.</p>
<p>Han sido un total de 12 solicitudes de transparencia que me fueron denegadas y todas ellas fueron apeladas por lo que finalmente tendremos acceso a información valiosa no solo para la comunidad de profesionales extranjeros sino para los propios chilenos.</p>
<p>Pues como les decía, el Consejo para la Transparencia dio a conocer su decisión en el AMPARO ROL C5143-24 donde en resumen: «Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Universidad de Chile, ordenándose la entrega de Oficio 061/2024 emitido por la Facultad de Derecho a la Prorrectoría, sobre Proceso de Revalidación de Título de Licenciado en Derecho».</p>
<h3><em>Los Argumentos de la Universidad de Chile</em></h3>
<p>Los abogados de la Universidad de Chile indicaron que la información reclamada constituye antecedentes relevantes de la Universidad de Chile para sostener su postura y defensa en la causa judicial pendiente, correspondiente a una acción constitucional de protección que se tramita bajo el Rol N°10680-2024 ante la Corte de Apelaciones de Santiago, y cuya controversia versa sobre el procedimiento de revalidación de título del reclamante.</p>
<p>Agregando la reclamada que, entregar dicha información relativa al oficio solicitado significaría una afectación a su estrategia en tanto que dicha información formaría parte de la defensa judicial de la Universidad de Chile, lo que comprendería tanto su informe ante la Corte de Apelaciones como el respaldo de su posición en las etapas posteriores del procedimiento. Por su parte, agrega que según consta en el numeral 13 de la acción de protección, el Oficio 061 solicitado es referido expresamente por el requirente, y luego solicitado al tribunal en el segundo otrosí de dicha acción.</p>
<h4><em>Razonamiento del Consejo para la Transparencia al fallar en contra de la Universidad de Chile</em></h4>
<p><span class="Apple-converted-space">Para el Consejo &nbsp;</span>el órgano no ha explicado en forma pormenorizada la necesidad de mantener la reserva del Oficio solicitado para sus defensas judiciales, ni ha demostrado en grado alguno, la forma específica en que la entrega de la información requerida, o sea, el Oficio 061/2024 emitido por la Facultad de Derecho a la Prorrectoría, pudiera afectar la estrategia jurídica o la defensa judicial del órgano adoptada en la causa que se tramita bajo el Rol N°10680-2024, como tampoco aportó antecedente alguno que permita acreditar el modo en que dicha entrega, afecta el debido cumplimiento de sus funciones, por tratarse de antecedentes necesarios a defensas jurídicas y judiciales.&nbsp;</p><p>En dicho sentido, y conforme ha resuelto este Consejo en la decisión de amparo Rol C39-09, siendo la reserva de derecho estricto, cuando se invoca una circunstancia que exima de la obligación de entregar la información solicitada, corresponde al órgano respectivo, acreditar fehacientemente los hechos que configuran la hipótesis de reserva esgrimida, lo que no ha ocurrido en la especie, por lo que se desestimará la presente causal de reserva.</p>
<p><strong>EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA</strong>, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE OTORGAN LOS ARTÍCULOS 24 Y SIGUIENTES Y 33 LETRA B) DE LA LEY DE TRANSPARENCIA, Y POR LA UNANIMIDAD DE SUS MIEMBROS PRESENTES,</p>
<p>ACUERDA:</p>
<p>I. II. Acoger el amparo deducido por don Ernesto Antonio Vera Rodríguez, en contra de la Universidad de Chile, en virtud de los fundamentos expuestos</p>
<p>precedentemente.</p>
<p>Requerir a la Sra. Rectora de la Universidad de Chile, lo siguiente:</p>
<p>a) Entregar al reclamante Oficio 061/2024 emitido por la Facultad de Derecho a la Prorrectoría, sobre Proceso de Revalidación de Título de Licenciado en Derecho.</p>
<h3><em>Lo que se viene ahora&nbsp;</em></h3>
<p>Faltan ahora más de 10 Resoluciones que deben dar respuesta a mis acciones de amparo. Esto es una derrota a la soberbia de la Facultad de Derecho y de la Universidad de Chile que han pretendido saltarse la ley y violar esta, confiando siempre en los amigos que de seguro tienen en varias instancias gubernamentales.</p>
<p>La comunidad está esperando la Resolución que debe tomar la <a href="https://www.sesuperior.cl/es_cl/" target="_blank" rel="noopener">Superintendencia de Educación Superior</a> en el marco de la Denuncia N° 2024-01846 que está desde mayo del 2024 dormitando y que ya no hay más justificación para que se apliquen las sanciones correspondientes a la Universidad de Chile y se emita el Pronunciamiento Jurídico de Interpretación solicitado.</p>
<p>Chile vive una hora crucial en la lucha contra la corrupción en todas las entidades estatales. La Superintendencia y la Corte Suprema deben estar a la altura del momento y no quedar como cómplices de una Institución que es tan vieja como arbitraria.</p>
<p>Toda aquella persona que <a href="https://ernestovera.com/aumentan-los-abusos-y-las-denuncias-en-la-universidad-de-chile/" target="_blank" rel="noopener">quiera denunciar cualquier vulneración a sus derechos o que tenga conocimiento de sucesos acaecidos en la Universidad de Chile</a> comunicarse a través del whatsaap: +56933318100</p>
<p>A continuación comparto el texto íntegro de la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia.</p>								</div>
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		<p>La entrada <a href="https://ernestovera.com/derrota-de-universidad-de-chile-ante-el-consejo-para-la-transparencia/">Primera derrota de la Universidad de Chile ante el Consejo para la Transparencia</a> se publicó primero en <a href="https://ernestovera.com">Ernesto Vera Rodríguez</a>.</p>
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