🗓️ Publicado el 26/03/2025
Este 26 de marzo, ingresó al Pleno de la Corte de Apelaciones De Santiago la denuncia contra los tres jueces de la Primera Sala acusados de Prevaricato.
Como les había anunciado ayer, el Ministerio Público decidió investigar al Ministro Guillermo Eduardo de la Barra Dünner, la Fiscal Macarena del Carmen Troncoso López y al Abogado Integrante Jorge Gómez Oyarzo.
Los tres cometieron el delito de Prevaricato al irse contra la norma expresa que rige los procesos de Revalidación de profesionales chilenos y extranjeros que han obtenido sus títulos en Universidades fuera de Chile. La norma que regula estos procesos es el Decreto Universitario N°0030.203 dictado el 27 de octubre del año 2005.
¿Qué dice la norma que desconocen los tres jueces de la Primera Sala?
Este Decreto en su artículo 20 establece que: “Los postulantes a quienes se haya denegado o que hayan reprobado, abandonado o renunciado el proceso de revalidación o reconocimiento, no podrán reiniciar un nuevo trámite referente al mismo título o grado académico antes de transcurrido el plazo de un año contado desde que se notifique el resultado del proceso”.
Sin embargo la Universidad de Chile, que actualmente enfrenta un proceso sancionatorio, se niega a cumplir con el artículo 20 del Reglamento por lo que ha sido demandada en Tribunales. A pesar de ello las demandas no han tenido éxito debido a las influencias que ejerce la Universidad de Chile sobre muchos jueces de la Corte de Apelaciones De Santiago.
Solo han existido dos instituciones que hasta el momento no han caído en este manto de influencias y presiones: El Consejo para la Transparencia y la Superintendencia de Educación Superior.
¿Qué dijeron los jueces acusados de Prevaricato?
En la Sentencia recaída en el Rol No. 19870 del 2024, dictada en fecha 13 de marzo del 2025, Guillermo Eduardo de la Barra Dünner, Macarena del Carmen Troncoso López y Jorge Marcelo Gómez Oyarzo, se apartaron por completo de lo que establece el Reglamento de Revalidación, mintieron descaradamente al decir que la profesional extranjera quería dar el examen de grado por cuarta vez y que bajo el Principio de Igualdad los que han estudiado fuera deben tener las mismas condiciones que los egresados de la Universidad de Chile.
Esto es un prevaricato. Primero, los jueces saben que el Principio de Igualdad al que hace referencia la Constitución de la República no es el «igualitarismo» comunista sino la Igualdad que se da entre «iguales». Y un profesional ya graduado con años de ejercicio jamás podrá igualársele a un recién egresado o a un estudiante de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Los primeros ya son profesionales y solo necesitan convalidar.
Además en ninguna de las tres demandas que se han visto contra la Universidad de Chile hay una sola prueba de que los revalidantes hayan pedido una cuarta oportunidad. Ellos no pidieron clemencia, ellos exigen que se cumpla con su Reglamento que fue redactado y aprobado para ellos y que no cubre para nada a los egresados o estudiantes de la casa de estudios. Todos han solicitado su REINGRESO al proceso.
Y por si esto fuera poco, afirman que ya hay otras universidades o métodos que podría emplear la abogada venezolana para revalidar su título, desconociendo que es sólo la Universidad de Chile la que puede hacerlo, a falta de convenios entre los dos países.
Hablemos de la Igualdad a que hacen referencia los jueces de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones
Les voy a mostrar cuán iguales son estos tres jueces al resto de la población chilena. Y voy a ceñirme para compararles al mismo criterio que ellos sostienen sobre el «Igualitarismo», que como todos sabemos no existe en Chile donde millones han muerto por no tener dinero para pagarse una operación o por falta de atención médica básica.
Comencemos por quien presidió la Primera Sala de la Corte de Apelaciones: Guillermo Eduardo de la Barra Dünner, uno de los mejores clientes de los Bancos IIItaú y EDWARDS. Es soltero a sus 46 años y siguiendo la ruta del dinero tiene depósitos por $ 201.000.000 de pesos chilenos. Tiene un inmueble en Vitacura avaluado en $259.004.000 y otro en Valparaíso avaluado en $ 123.273.111, este último se encuentra ubicado en Avenida La Marina 44, Viña del Mar.
Guillermo Eduardo de la Barra Dünner, trabaja en el Poder Judicial desde el año 2016 y hasta no hace mucho era solo un Relator.
Tiene 3 fuentes potenciales de conflictos.
Macarena del Carmen Troncoso López
Ella es una «Fiscal Judicial», es de esos «jueces parche curita», porque no tienen una Sala y van de aquí para allá, según las necesidades de la Corte ese día. Así entran a Sala sin saber de qué se trata el caso, y a veces sin el menor interés, ya que lo único que se necesita de ellos es la firma, para que pueda formarse sentencia. Este tipo de «jueces parche» no tienen la independencia que sí tienen los Ministros de la Corte.
Macarena Troncoso López se encuentra casada actualmente bajo Separación Total De Bienes y es madre de tres hijos.
Esta jueza tiene 5 fuentes de potencial conflicto de interés. Tiene dos inmuebles: uno ubicado en Leonardo Da Vinci 6940 dpto 301, Comuna de las Condes, avaluado en $ 125.682.673 y el otro ubicado en lo Barnechea y avaluado en la millonaria suma de $ 760.267.218.
Macarena Troncosa es una buena clienta de los Bancos Itau Corpbanca, Banco Edwards y Banco Santander.
Ella también firmó la sentencia de la «Igualdad» para Todos.
Jorge Marcelo Gómez Oyarzo
Y llegamos a la cereza del pastel. Este Abogado Integrante trabajó como Profesor en la Universidad de Chile durante 10 años y aún así participó de un caso crucial para la misma casa de estudios. El fue uno de los firmantes de la sentencia en el Rol 19870-2024.
Asumió el cargo de Abogado Integrante en el año 2023. Es casado, sin hijos. Y posee una deuda total de $272.798.361.
Es propietario de un inmueble en LOS POZOS 6855 DPTO. 1105, en la comuna de Las Condes, avaluado en $ 90.548.072. También es propietario de otro inmueble en MAR DEL PLATA 1937, DPTO. 704, comuna de Providencia. Se registra otro inmueble en AVENIDA TOBALABA 7377 DPTO. 27-A, comuna de La Florida y uno último en la comuna de Peñalolén avaluado en $ 229.192.549.
Resumiendo
Sería bueno que estos tres jueces respondan si cualquier ciudadano en Chile puede tener todas las propiedades que ellos poseen y de no ser así una segunda pregunta: eso afecta en algo al principio de igualdad?
¿Los guardias que cuidan las instalaciones del Poder Judicial cobran el mismo salario que los jueces que allí imparten justicia?
Un juez puede y debe ponderar, valorar y por supuesto dictar sentencia. Lo que no puede hacer un juez es MENTIR, argumentar sin que exista en el expediente algo que respalde fehacientemente sus dichos y por último, debe fallar conforme a la norma que tiene ante sí. Porque acá se trata de derechos, y en derecho público no hay margen para interpretar y salirse de la norma ya sea para prevaricar o para ayudar o beneficiar a una de las partes.
Continuaré dándole seguimiento a estos casos que todos tienen como común denominador a un Monopolio que ya no debería existir pero que se empeña en violar derechos y actúa arbitrariamente al no sentir el control del Estado.

