🗓️ Publicado el 08/05/2026
Muchos han descuidado la atención que debemos poner todos los ciudadanos en el Poder Judicial, no es sólo Ángela Vivanco, Jean Pierre Mattus, Diego Simpertigue y otros que ya han salido en la prensa. Existe una nómina mucho mayor entre los corruptos y prevaricadores, que siguen haciendo y deshaciendo a vista y paciencia de casi todos.
La Corte de Apelaciones De Santiago es la más cuestionada en temas de probidad y no es para menos: existen casos emblemáticos que avergüenzan a los ciudadanos honestos. Por ejemplo: la Tercera Sala de la Corte Suprema está siendo integrada por el Ministro Omar Astudillo, un señor que tiene varias denuncias en el Ministerio Público y que para mal de males fue quien plagió una sentencia y negó el acceso a medicamento de alto costo a una mujer de 65 años. ¿Se imaginan ustedes tener dentro de la Corte Suprema a un individuo así que ha sido nombrado como Jefe de la Comisión de Ética?
Y qué me dicen del juez Tomás Gray Gariazzo quien está envuelto en un escándalo tras saberse que en agosto de 2017 tomó contacto con el ex fiscal regional Metropolitano Oriente, Manuel Guerra Fuenzalida, para solicitarle ayuda respecto de la terna que integraba para ser nombrado ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Recordemos que el ex Fiscal Manuel Guerra Fuenzalida está como imputado por los delitos de cohecho agravado y prevaricación administrativa.
Jueces de otro nivel
A pesar de la crisis que se vive debo felicitar a estos tres jueces de la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones De Santiago: Ministro Hernán Alejandro Crisosto, Ministra María Inés Lausen y al Abogado Integrante Sebastián Esteban Perelló.
Los tres forman parte de un grupo selecto, más no reconocido de jueces que cuidan el debido proceso en Chile. Sus fallos no son sin copia y pega y mucho menos forman parte de la cofradía judicial ni de la Masonería que fusila cada día a la Constitución y demás leyes.
La imparcialidad no es una quimera, sino que obligatoriamente forma parte del debido proceso. En la sentencia dictada el 24 de abril del 2026, Hernán Alejandro Crisosto, María Inés Lausen y Sebastián Esteban Perelló pusieron en alto a la judicatura, fueron capaces de apartar prejuicios ya instalados en la sociedad chilena y concluyeron que y cito: «el estándar de imparcialidad judicial no sólo exige la ausencia de interés o sesgo efectivo, sino también la inexistencia de circunstancias objetivas que puedan generar dudas al respecto, lo que concurre en la especie atendida la coexistencia de un proceso penal en que el juez aparece como sujeto de imputaciones promovidas por quien es parte en el juicio que conoce».
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