🗓️ Publicado el 06/08/2025
La persona que aparece en la foto es el Fonoaudiólogo Iván Cáceres Mauna.
Hace unos días publiqué en este blog la sentencia, del Cuarto Juzgado de Familia, que condenó a pagar una pensión de alimentos mayores de $500.000 pesos a Iván Cáceres Mauna, Profesor de la Universidad Mayor.
Aunque la sentencia fue apelada, la Jueza determinó que esto era sólo con carácter devolutivo, lo que quiere decir que mientras dure la apelación, el demandado debe pagar la pensión de todas maneras, y esto es entendible porque se trata de «Alimentos» una materia muy delicada, máxime cuando se trata de una persona con invalidez decretada por las instituciones correspondientes.
El último día para pagar la pensión era este 5 de agosto, sin embargo, el aún Profesor de la Universidad Mayor se negó a hacerlo, desacatando una sentencia del Poder Judicial y a pesar que gana aproximadamente más de 5 millones de pesos mensuales, entre su salario como Profesor y los alquileres de los inmuebles de los cuales es propietario.
¿Qué ha dicho la Universidad Mayor?
De manera oficial NADA, pero sí varios de sus funcionarios y estudiantes se han comunicado para mostrar su preocupación y solidaridad. Pero otros ya se están preguntando hasta cuándo la Universidad Mayor va a tolerar que uno de sus docentes incurra en un accionar tan ilegal como repudiable.
La única respuesta que se ha obtenido de Iván Cáceres Mauna es, por intermedio de su hijo, una demanda de desalojo, para que el cónyuge que ya está en estado de precariedad quede en el medio de la calle.
La otra «respuesta» recibida de parte del Profesor de la Universidad Mayor ha sido una demanda de divorcio por nulidad y culpa, alegando que la invalidez o enfermedad psíquica de su actual cónyuge provocó una ruptura insuperable.
¿Qué ha dicho el Poder Judicial?
En la Sentencia de la Causa de Alimentos intervino la destacada jurista Sofía Adaros, quien en uno de sus Considerandos expuso y cito:
«Que al momento de contraer matrimonio, el demandante no se encontraba realizando labores remuneradas dependientes, tal como se colige del informe emitido por Previred, y en cuanto a sus gastos de manutención, éstos fueron asumidos íntegramente por su cónyuge el demandado de autos, y tal como se describe en declaración de expensas que realizó el demandado notarialmente.
Que lo anterior es coherente con la situación deficitaria en términos económicos por la que atravesaba el demandante incluso antes de contraer matrimonio, ya que conforme consta de documental aparejada, el demandante solicitó préstamos al demandado, suscribiendo pagarés, y mutuos».
Más adelante la jueza continúa su razonamiento afirmando que: «es dable dejar establecido que el demandado proporcionó a su cónyuge una habitación dentro de un departamento de propiedad de su hijo, a fin que éste residiera en dicho lugar, y asumió el pago de los gastos básicos de luz, agua y gas, toda vez la segunda habitación es ocupada por otro arrendatario.
Que el demandado durante la relación matrimonial, se preocupó del bienestar de su cónyuge y de insertarlo laboralmente, lo que puede desprenderse de los audios que fueron reproducidos en audiencia, en que se puede apreciar una preocupación y protección hacia su pareja».
Juezas y «Juezas»
La Jueza Sofía Adaros que intervino en el juicio de alimentos no se tragó el bodrio de que después de casi 3 años de conocerse el Profesor de la Universidad Mayor no conocía de la enfermedad ni del estado de necesidad de su cónyuge ya que prestaba la asistencia debida.
Tampoco estimó creíble el argumento de Iván Cáceres de que se casó «obligado» y «manipulado» por su cónyuge con invalidez.
Esto únicamente puede caber en mentes retorcidas o juezas prevaricadoras como Johana Andrea Sepúlveda Coria quien junto a Paola Andrea Rivas Mardones, admitieron la demanda de divorcio a trámite y un peritaje psicológico propuesto por el acaudalado Profesor para convertir una discapacidad en un motivo discriminatorio para obtener un divorcio express y así eludir sus compromisos.
Ambas juezas fueron acusadas de Prevaricato y deberán enfrentar a la justicia por sus fallos contrarios a derecho.
Y es que todas las personas, salvo las declaradas como dementes, imbéciles o impúberes, pueden casarse y tienen ese derecho. Una discapacidad laboral jamás puede ser convertida a la fuerza en un motivo de anulación del matrimonio.
La Perito
Pero termino con la cereza del pastel. El Profesor de la Universidad Mayor y fonoaudiólogo Iván Cáceres Mauna, ha pretendido infructuosamente que la verdad no se conozca a través de un Recurso de Protección, olvidando que tanto vale el derecho al honor como el derecho a la libertad de expresión y de informar sobre cualquier hecho.
Pero además contrató y se gastó millones en una perito, una psicóloga privada, para que le pinte un retrato a su medida. ¿De verdad que alguien en su sano juicio puede creer que una perito pagada por una de las partes puede ser objetiva e imparcial?
Y para qué se necesita de un perito si ya el Hospital Público donde se atiende el paciente ha emitido varios Informes de rigor sobre el mismo tema.
Quizás sea por ello que ante la solicitud de la «Perito» privada de convertirse en «parte» de la Causa, la jueza Elizabeth Molina Gutiérrez, le ha dicho un NO rotundo.
Porque esta perito fue propuesta por una de las partes y de poco sirve su «peritaje» cuando ya hay informes suficientes por parte de entidades confiables e imparciales y NO PAGADAS por una de las partes. Además hay que tener en cuenta que estos «oficios o peritajes» no fueron solicitados directamente por el Tribunal sino por Iván Cáceres Mauna.