🗓️ Publicado el 11/06/2025
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal revocó la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, que rechazó la acción constitucional de amparo.
Argumentos de la Corte Suprema
En la decisión que fue adoptada por unanimidad el interés del niño está por encima de cualquier trámite burocrático.
La resolución agrega: “Que, en la especie, por aplicación del artículo 41 de la Ley 21.325, los padres de los amparados solicitaron al Servicio Nacional de Migraciones, visado temporal por razones humanitarias, obteniendo como respuesta inmediata de la administración el archivo de sus solicitudes por no acompañar la documentación correspondiente. Y si bien es cierto, los menores no cuentan con cédula de identidad de su país de origen ni con pasaporte, ello se debe a factores enteramente ajenos a su voluntad, así como también a la imposibilidad actual de proveerse de tal documentación, habida consideración de la falta de representación consular de su país de origen en Chile”.
A raíz de esta decisión podrían abrirse las puertas para que el máximo tribunal ordene a Migraciones dejar de solicitar antecedentes penales a los extranjeros mayores de edad habida cuenta de la situación que existe en Venezuela.
Al no existir consulado de Venezuela en Chile debe eximirse a los venezolanos de la entrega de los antecedentes penales en los trámites de residencia definitiva y de nacionalidad.